Abstract
El ensayo analiza críticamente la noción de que la asamblea constituyente sería el paradigma de legitimidad de una nueva Constitución. Se sostiene que dicha noción asume ciertos significados específicos de legitimidad, constitución y representación, por lo que la consideración de otros significados de estos términos no necesariamente sostendría este postulado. Además se afirma que la legitimidad de una asamblea constituyente, y de la Constitución que produce, se vincula a aspectos concretos tales como el procedimiento utilizado para la selección de sus miembros y su funcionamiento; el contenido de las decisiones constitucionales, y lo que suceda cuando la nueva constitución comience su aplicación práctica. Finalmente recogiendo la experiencia comparada, se expone a evitar riesgos propios de las asambleas constituyentes: la exclusión de minorías; el asambleísmo o invocación y ejercicio de un poder "ilimitado", y su elitismo